Seguros para particulares
Seguro de vida
Cuando busca seguros de vida, es porque pensó en su familia, y en el futuro de sus hijos. Una de las cosas más importantes que Usted puede hacer por sus seres queridos es asegurarles su tranquilidad económica para cuando Usted ya no esté. Una cobertura adecuada le dará la tranquilidad de saber que si un impensado sucede, su familia podrá mantener el estilo de vida.
Riesgos Cubiertos
FALLECIMIENTO
Ante la muerte del Asegurado a causa de un accidente o enfermedad, se indemnizará a los asegurados dispuestos con la suma asegurada contratada.
INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL
Si el fallecimiento se produjera como consecuencia de un accidente se abonará una indemnización adicional similar a la contratada para la cobertura de muerte.
Adicionales posibles
INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE
Aquel asegurado que como consecuencia de un accidente quedare incapacitado en forma total y permanente para ejercer cualquier actividad, será indemnizado en un solo pago con el equivalente al total del capital asegurado.
INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE COMO CONSECUENCIA DE ENFERMEDAD
La cobertura presenta las mismas características que la descripta precedentemente con el agregado que la indemnización se extiende para aquellos casos en los cuales la invalidez total y permanente se origine como consecuencia de una enfermedad.
INVALIDEZ PARCIAL Y PERMANENTE COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE
Las incapacidades parciales, resultantes exclusivamente de un accidente que pudiera sufrir el Asegurado se indemnizarán en el momento en que médicamente se determina la incapacidad con un porcentaje del capital asegurado por muerte.
Importante: En todos los casos, las coberturas se mantendrán vigentes hasta los setenta (65) años de edad, máxima edad fijada para la permanencia en póliza.
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Cotice, compare, elija y contrate el seguro para su vivienda dentro de las principales aseguradoras. La mejor opción para asegurar su casa o departamento la encuentra en SENDA SEGUROS.
Cómo calcular el monto de incendio Edificio: Todas las aseguradoras aseguran tu hogar al valor construcción a nuevo, actualmente este importe se sitúa en los $ 2.500 por metro cuadrado Construído. Para calcular este importe, multiplica los MT2 de tu hogar por $ 2.500.-
Mínimo de Coberturas elegidas: Incendio Edificio e Incendio Contenido son coberturas obligatorias, como mínimo deberás elegir una cobertura más
Robo Contenido y Electrodomésticos: estas coberturas son las que más influyen en el costo de tu seguro de hogar, es aconsejable ir midiendo la suma de las mismas en el caso de que el costo te parezca excesivo.![]()
- Incendio edificio.
- Gts Extraordinarios.
- Retiro de Escombros.
- Incendio mobiliario.
- Robo y/o hurto del mobiliario y/o efectos personales.
- Robo y/o hurto de objetos especificos y/o electrodomésticos no consignados arriba.
- Todo riesgo equipos de audio, TV y video.
- Todo riesgo equipo de computación.
- Todo riesgo de filmadoras, camaras fotograficas, y notebooks en todo el mundo.
- Cristales, vidrios y espejos.
- Responsabilidad civil hechos privados.
- Responsabilidad civil linderos.
- Daños por agua al mobiliario y/o efectos personales.
- Daños Estéticos.
- Bienes Refrigerados.
- Accidentes personales.
- Jugadores de golf.
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- Plomería.
- Electricidad.
- Gas.
- Cerrajería.
- Personal de seguridad.
- Mudanza de muebles.
- Guarda muebles.
- Gastos de hotel.
- Limpieza.
- Servicio de información.
- Transmisión de mensajes urgentes.
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Hogar Protegido
SENDA SEGUROS ha incorporado a sus productos de hogar un nuevo beneficio adicional sin cargo: la Atención de Urgencias y Emergencias Médicas producidas dentro del domicilio asegurado.
Hogar Protegido es un nuevo producto que combina la protección de los bienes patrimoniales con un servicio adicional de asistencia médica en caso de urgencia o emergencia, producida en el domicilio asegurado.
- El servicio comprende exclusivamente la atención de urgencias y emergencias. producidas dentro de la vivienda asegurada.
- Se presta las 24 hs los 365 días.
- Son beneficiarios: titular de la póliza de combinado familiar, su grupo familiar, visitas, huéspedes o invitados a una reunión o evento social que tenga lugar en el domicilio protegido, que requieran atención médica en forma inmediata, estén o no adheridos a la Prestadora Médica.
- El asegurado cuenta con un 0810 para contactarse desde cualquier localidad o provincia del país. De esta manera, y siempre pensando en agregar valor a nuestros productos, los asegurados ahora también pueden disfrutar la tranquilidad de contar con este beneficio incluido en la póliza de Combinado familiar, en situaciones que ameriten atención médica inmediata, logrando obtener una protección total en un mismo producto, a través de Hogar Protegido.
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SENDA SEGUROS le ofrece los planes de seguros para embarcaciones de las principales aseguradoras de Argentina.
Contrate su seguro de embarcaciones y disfrute del fruto de su esfuerzo de forma segura. Proteja su embarcación de placer contra daños y robo.
Tenemos una amplia cobertura que permite brindar una adecuada protección ante posibles eventualidades relacionadas con la práctica de actividades náuticas.
A través de SENDA SEGUROS ofrecemos dos tipos de coberturas:![]()
Pérdidas, Daños Totales y Parciales a consecuencia de naufragio, incendio y choque con otras embarcaciones.
Robo Total de la embarcación principal en navegación, y de la auxiliar a bordo de la principal.
Robo Parcial de elementos fijos al casco.
Robo del motor fuera de borda siempre que se encuentre fijo al casco.
Rotura de mástil a consecuencia de riesgos cubiertos.
RC: colisión a cosas de terceros, lesiones e Incendio.
Incendio en Guardería.
Temporal.
Huelga, Vandalismo y/o hechos maliciosos.
Salvamento, gastos de salvamento, Sue & Labour![]()
Pérdidas, Daños Totales a consecuencia de naufragio, incendio y choque con otras embarcaciones.
Robo Total de la embarcación principal durante la navegación (casco y motor).
Averías particulares por Incendio durante la navegación.
Responsabilidad Civil por colisión y/o choque a cosas de terceros (otras embarcaciones, boyas, muebles, etc.)
Huelga, vandalismo y hechos maliciosos.
Salvamento, gastos de salvamento, Sue & Labour.
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Traslado en Trailer, dentro de la República Argentina los daños o pérdidas causadas por choque, incendio, vuelco y desbarrancamiento únicamente.
Navegación Oceánica, sujeto a las características particulares de cada embarcación.
Rotura de mástil en regata.
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Todas las embarcaciones aseguradas contarán con servicio de Auxilio Náutico que intervendrá en situaciones de peligro para las personas o embarcaciones. El mismo es totalmente gratuito y está destinado a salvar los deperfectos mecánicos ligeros que se produzcan, resolviendo el inconveniente de ser posible en el lugar, o brindando asistencia de remolque hasta puerto o lugar de abrigo donde pueda salvarse el problema.
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Los seguros de accidentes personales es la herramienta mas eficaz, para asegurar la protección del trabajador independiente. Comunmente, las grandes empresas, exigen a quienes ingresan, la contratación de un seguro de accidentes para eldesarrollo de cualquiera de las actividades. En SENDA SEGUROS Ud. Podrá cotizar los seguros de accidentes personales de más de 7 aseguradoras, especializándose en los planes de seguro con cláusulas especiales.
A través de nuestras compañías, SENDA SEGUROS ofrece a las personas y sus familias una eficaz protección frente a circunstancias que pongan en riesgo su vida o el normal desenvolvimiento futuro de ellas, protegiendo también de esta manera sus patrimonios.
Se trata de una cobertura, que ampara los daños por causas traumáticas (no naturales) que pudiera sufrir el asegurado con secuelas que impliquen su muerte o invalidez, total o parcial, permanente.
Se considerará como “Invalidez Total” a aquella que sumada la perdida de algún miembro (según se valorizan en las condiciones generales de póliza), alcance un valor de 80 %.
Se amparan todos los hechos ocurridos tanto en el ejercicio de la profesión declarada, como en viaje por transportes públicos, vehículos propios o ajenos o líneas aéreas, en cualquier país del mundo que mantenga relaciones diplomáticas con la República Argentina.![]()
INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL
Si el fallecimiento se produjera como consecuencia de un accidente se abonará una indemnización adicional similar a la contratada para la cobertura de muerte.
INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE
Aquel asegurado que como consecuencia de un accidente quedare incapacitado en forma total y permanente para ejercer cualquier actividad, será indemnizado en un solo pago con el equivalente al total del capital asegurado.
INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE COMO CONSECUENCIA DE ENFERMEDAD
La cobertura presenta las mismas características que la descripta precedentemente con el agregado que la indemnización se extiende para aquellos casos en los cuales la invalidez total y permanente se origine como consecuencia de una enfermedad.
INVALIDEZ PARCIAL Y PERMANENTE COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE
Las incapacidades parciales, resultantes exclusivamente de un accidente que pudiera sufrir el Asegurado se indemnizarán en el momento en que médicamente se determina la incapacidad con un porcentaje del capital asegurado por muerte.
Importante: En todos los casos, las coberturas se mantendrán vigentes hasta los setenta (65) años de edad, máxima edad fijada para la permanencia en póliza.![]()
- Muerte.
- Invalidez total o parcial permanente.
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- Asistencia medico farmacéutica por reintegro.
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1) Cobertura las 24 hs.
2) Cobertura ámbito laboral + in itinere.
Amparan el pago de las indemnizaciones o prestaciones estipuladas en la póliza, en caso que la persona designada como asegurado sufriera durante la vigencia del seguro algún accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente o temporaria, total y/o parcial, en la medida de las coberturas contratadas, y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a mas tardar dentro de un año a contar de la fecha del mismo.
A los efectos de este seguro, se entiende por accidente toda lesión corporal que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta, sufrida por el asegurable independientemente de su volunta, por la acción repentina y violenta de o con un agente externo.